EL LABERINTO DE LOS PERMISOS DE VIAJE a MENORES DE EDAD EN VENEZUELA I

¿Es verdad que ahora las autorizaciones de viaje para menores de edad solamente las da el gobierno? ¿Prohibieron los permisos de viajes para menores de siete años? ¿Ahora los menores no pueden viajar solos? ¿Los menores de edad solo pueden viajar fuera de Venezuela con ambos padres, es decir, madre y padre?

Los cambios introducidos por el SAREN (Servicio Autónomo de Registros y Notarías) han traído toda clase de confusiones, preguntas, dudas, abusos por parte de funcionarios de aeropuertos, de fronteras, de líneas aéreas y terrestres, en fin, un caos completo.

Comencemos por explicar cual fue el cambio fundamental que introdujo el SAREN en cuanto a los permisos de viaje de niños, niñas y adolescentes. El SAREN prohibió a los Notarios y Registradores otorgar poderes mediante los cuales uno de los progenitores confería al otro (es decir el padre a la madre o viceversa) poder para conferir autorización de viaje a su hijo o hija, en nombre del otro progenitor. También quedaron prohibidos los otorgamientos de poderes de uno o ambos padres a un tercero (un abuelo, tío, primo o un extraño) con esa misma finalidad, es decir para que esa persona que se denomina el apoderado confiera permiso de viaje a un menor de edad no siendo su padre ni su madre.

De esta manera el otorgamiento de permisos de viaje de cualquier tipo (dentro o fuera del país) se ha convertido en lo que el Código Civil denomina un “acto personalísimo”, que significa que no se puede delegar en otra persona, lo tienen que dar los padres.

Mis apreciados lectores, es dificilísimo explicar todo esto, pero lo hago con la mejor buena voluntad de que todos lo entiendan y despejar las dudas surgidas en un tema que de por si no es sencillo, y que ahora se ha complicado aún mas por la particular situación del país y de unos 800 mil niños[1] cuyos padres están en el exterior y quieren que sus hijos viajen para reunir de nuevo a la familia.

A esos padres y madres que estén en esa situación les recomiendo que otorguen el permiso de viaje conjuntamente ante un consulado venezolano que en el exterior hace las veces de Notaría. Estoy segura que les pondrán dificultades pero ustedes son quienes ejercen la patria potestad compartida sobre sus hijos y son ustedes los facultados para otorgar ese permiso.

Ahora bien si uno de los progenitores está en Venezuela y el otro en el exterior, deberán otorgar esa autorización de viaje ambos, pero no necesariamente conjuntamente sino cada uno ante Notaría o ante Consulado venezolano donde se encuentre y cuando el hijo vaya a salir del país deberá mostrar los dos permisos junto con su acta de nacimiento, su pasaporte venezolano vigente, su cédula si es mayor de 9 años  y sugeriría que también tuviera consigo fotocopia del pasaporte y cédula de sus padres, para completar los documentos que aunque no son legalmente necesarios, es recomendable que tenga para viajar, particularmente si viaja solo al exterior de Venezuela.

Seguiré con este tema, comenten, háganme preguntas e intentaré responderles en este mismo lugar.


[1] Cifras de CECODAP